La asociación Justicia por la Sanidad ha denunciado lo que a su juicio constituiría «un enorme caso de corrupción existente en el SAS en materia de contratación administrativa respecto a los conciertos sanitarios con empresas o entidades privadas».
Dada la gravedad de los hechos descubiertos, la primera medida que ha adoptado la asociación ha sido la denuncia en la Oficina Andaluza Antifraude, aportando los documentos y datos necesarios para que actúe con arreglo a sus competencias. La asociación se ha ofrecido a colaborar con dicha Oficina en este caso y en los siguientes casos que se irán denunciando, dado que la asociación considera muy grave la corrupción que existe en el SAS en materia de contratación con empresas privadas, «donde la transparencia brilla por su ausencia. Y de todo esto hay claros responsables, aunque Moreno Bonilla mire para otro lado», aseveran desde la asociación.
Desde 2018, en todos sus informes anuales, el Interventor Provincial de Sevilla ha recordado a la Plataforma Logística Sanitaria de Sevilla, uno de los órganos de contratación del SAS, que la falta de adopción de las medidas concretas de corrección para subsanar las deficiencias observadas en las recomendaciones derivadas de los incumplimientos identificados en los apartados de salvedades de especial relevancia, así como la no tramitación de los reintegros que puedan proceder de las mismas, podrá dar lugar a la emisión de un informe de actuación, tal como figura en una instrucción de la Intervención General de la Junta de Andalucía.
Sin embargo, el Interventor ha reiterado graves incumplimientos cometidos por el SAS en todos los informes anuales (2018, 2019 y 2020), cuyos dictámenes fueron todos desfavorables, sin que hasta ahora la Intervención del SAS haya emitido algún informe de actuación, al menos que se conozca. Sería clarificador para la ciudadanía que la Intervención diera a conocer los motivos de la falta de emisión de dicho informe de actuación, a pesar de reiterar cada año los mismos incumplimientos legales de especial relevancia.
A pesar de estos graves incumplimientos reiterados por la Intervención, el portavoz del gobierno andaluz, Ramón Fernández-Pacheco, manifestó literalmente que «el Servicio Andaluz de Salud es ejemplar siempre a la hora de la tramitación administrativa de los diferentes contratos», en la rueda de prensa del pasado 24 de octubre, tras la reunión del consejo de gobierno y en respuesta a la pregunta del periodista del diario El Libre, Paco Núñez.

Esto lo dijo a pesar de las numerosas evidencias que demostrarían lo contrario. El portavoz del gobierno andaluz, asegura la asociación, «mintió sin pudor alguno, como suele también hacer Catalina García», consejera de Salud, «en respuesta a preguntas comprometidas y en las notas de prensa que emite su consejería. Ahí siguen, en sus cargos públicos, con la confianza plena del presidente del gobierno andaluz, Moreno Bonilla».
«Lo lamentable es que a la mayoría de los andaluces parece importarles bien poco, pero menos aún a los numerosos medios de comunicación que silencian estos comportamientos corruptos e indecentes de algunos gobernantes, olvidando que una de sus finalidades es servir a los gobernados, no a los gobernantes. Como decía el Magistrado Hugo Black, de la Corte Suprema de USA, ‘…Y primordial entre las responsabilidades de una prensa libre es el deber de impedir que cualquier parte del gobierno engañe al pueblo’» han lamentado desde la asociación, a tenor de la poca repercusión de estos hechos.
Parte de la documentación que acredita los hechos ha sido conseguida por la asociación Justicia por la Sanidad, y otra parte ha sido descargada del Perfil del contratante de la Junta de Andalucía (expediente PA 16/2015). No obstante, el SAS no ha publicado todos los documentos del contrato, de sus modificaciones y de su ejecución.
Datos del expediente de contratación efectuada por el SAS
Según la información que consta en el Perfil del Contratante de la Junta de Andalucía, la Plataforma Logística Sanitaria de Sevilla del SAS licitó y adjudicó en el año 2015 un contrato denominado «Gestión de servicios públicos por concierto, para la prestación de asistencia sanitaria complementaria a usuarios del SAS en centros hospitalarios homologados de la provincia de Sevilla», con un presupuesto de licitación que supera los 11,59 millones de euros, repartidos en cuatro lotes. El contrato tenía un plazo de ejecución de 12 meses, pudiéndose prorrogar hasta cumplir un máximo de cuatro años de duración (Expediente PA 16/2015), según establecían los pliegos contractuales.

Entre el acuerdo de inicio del expediente y la adjudicación del contrato (concierto) sólo transcurrieron dos meses y medio, constatando con ello que puede adjudicarse un contrato abierto en este corto plazo, sin necesidad de acudir a prórrogas ilegales una vez superado el plazo máximo. Este contrato fue adjudicado el 21 de abril de 2015, cuya resolución fue firmada por el ex gerente del H. Universitario Virgen del Rocío, Manuel González Suárez.
Tras la publicación de la licitación se presentaron cuatro ofertas de las siguientes empresas: Clínica Santa Isabel, S.A.; Hospital San Juan de Dios de Sevilla; Hospital Victoria Eugenia de la Cruz Roja Española y Clínica Santa Ángela de la Cruz, S.L. Esta última quedó excluida por no presentar la documentación requerida. Finalmente, estas fueron las empresas adjudicatarias y con este reparto:
- Lote 1 (Estancias médicas Enfermos Pluripatológicos y paliativos): Hospital San Juan de Dios de Sevilla, adjudicado el 100% por 3 328 925,04 €.
- Lote 2 (Estancias Unidad Lesionados Medulares): Hospital San Juan de Dios de Sevilla, adjudicado el 100% por 776 628 €.
- Lote 3 (Intervenciones quirúrgicas con hospitalización, Intervenciones de cirugía mayor y menor ambulatoria):
- Clínica Santa Isabel, S.A., adjudicado el 60% por 3 389 535,07 €.
- H. Victoria Eugenia de la Cruz Roja Española, adjudicado el 40% por 2 259 690,05 €.
- Lote 4 (Procedimientos diagnósticos): Clínica Santa Isabel, S.A., adjudicado el 100%, por 1 837 468,80 €.
Por tanto, los importes totales adjudicados a cada una de las empresas, ordenados de mayor a menor, son los siguientes:
- Clínica Santa Isabel, S.A: 5 227 003,87 €
- Hospital San Juan de Dios de Sevilla: 4 105 553,04 €
- Hospital Victoria Eugenia de la Cruz Roja Española: 2 259 690,05 €
El contrato formalizado con la empresa Clínica Santa Isabel, SA, fue modificado posteriormente, figurando en el expediente una cláusula adicional que no tiene fecha. Además, sin estar debidamente justificado con los datos necesarios (se emplearon justificaciones genéricas, una vez más), y debido a supuestas intervenciones quirúrgicas a realizar entre el 1 de abril y 30 de abril de 2019, se acordó incrementar el importe del contrato con dicha empresa en 564 922,51 euros.

Evidencias de ilegalidad
A pesar de que el portavoz del gobierno andaluz afirme que el SAS «es ejemplar siempre a la hora de la tramitación administrativa de los diferentes contratos», el Interventor provincial de Sevilla afirma lo contrario. Estos son algunos de los graves incumplimientos legales señalados por dicho Interventorcon relación a dichos conciertos y sus prórrogas, algunos de especial relevancia:
1º) Se han aprobado prórrogas que no procedían legalmente por haberse sobrepasado los límites establecidos en los pliegos contractuales y en las correspondientes leyes de aplicación. Los conciertos firmados con dichas entidades privadas tenían como fecha límite el 30 de abril de 2019, incluidas todas las prórrogas. Sin embargo, se efectuaron prórrogas de 01-02-20 a 31-07-20, de 01-08-20 a 30-11-20 y de 01-12-20 a 31-05-21, bajo la responsabilidad del Director Gerente del H. Universitario Virgen del Rocío, Manuel Molina Muñoz.
Pero no fueron las únicas. Según ha podido comprobar la asociación Justicia por la Sanidad, se ha seguido prorrogando posteriormente, como lo demuestra la resolución suscrita con fecha 14/02/2023 por el mismo Director Gerente, cuatro años después de la fecha límite legal De esta última prórroga se han beneficiado las empresas o entidades Clínica Santa Isabel (ASISA) y Cruz Roja Española.

El grave incumplimiento legal de aprobar prórrogas de contratos fuera de plazo se considera grave, al violar los principios de libre concurrencia, transparencia e igualdad de trato, entre otros.
Con relación a las prórrogas, indica el Interventor que, en el expediente de la prórroga de 01-05-19 a 31-01-20, tanto la Resolución de aprobación (única para todas las empresas adjudicatarias) como los documentos en que se formaliza la misma, ni siquiera están fechados.
El Director Gerente del H.U. Virgen del Rocío, Manuel Molina, responsable de dichas prórrogas, inició su trayectoria como médico inspector de los servicios sanitarios de Fuenlabrada, municipio en el que fue presidente/portavoz del PP de Fuenlabrada. Posteriormente tuvo una carrera fulgurante en el INSALUD, y luego en la Comunidad de Madrid: director general de Calidad, Acreditación, Evaluación e Inspección; director gerente de la Agencia Antidroga; coordinador general de Programas; director general de Ordenación e Inspección, viceconsejero de Asistencia Sanitaria y viceconsejero de Sanidad desde diciembre de 2014.
«La relación partido político-carrera fulgurante parece evidente, un hecho que se repite en nuestra dañina partidocracia. El mugriento y repugnante mensaje que, con sus hechos, dirigen los partidos políticos a los jóvenes españoles es evidente: si alguien quiere progresar profesionalmente en el sector público, tendrá que «sacrificarse» por el partido de turno, hasta incluso corromperse» asegura el presidente de la asociación, Luis Escribano.
El pasado 20 de abril, se celebraron en Málaga los I Premios a la Sanidad de Andalucía de Redacción Médica, en el que la consejera de Salud otorgó el premio «Hospital Público» al H. U. Virgen del Rocío. En su inauguración participó Jesús Aguirre, presidente del Parlamento de Andalucía, enfatizando la importancia de la colaboración público-privada en el Sistema Sanitario de Andalucía, asegurando que «la Sanidad es una» y que, precisamente, «la consejera de Salud es una, tanto para la pública como para la privada». Efectivamente, la corrupción es una, y afecta tanto a la sanidad pública como a la privada, como ha demostrado tantas veces la asociación Justicia por la Sanidad.

Debe señalarse que el citado diario, Redacción Médica, cuyo presidente y editor es José María Pino García, no ha investigado ni publicado ni una de las numerosas ilegalidades cometidas por el Servicio Andaluz de Salud en materia de recursos humanos, gasto público (contrataciones, conciertos, etc.) y demás ámbitos, a pesar de las graves ilegalidades manifestadas por los Interventores Provinciales del SAS en sus Informes anuales (por ejemplo, los de 2018 a 2020). Y lo tienen bien fácil, denuncian desde Justicia por la Sanidad, «sólo tienen que pedir al SAS copias de dichos informes».
Afirma la asociación que, «antes al contrario, José María Pino manifestó hace unos meses que »la sanidad andaluza es un ejemplo de innovación y eficiencia de calidad». ¿Ejemplo de eficiencia con la corrupción que tiene? ¿Redacción Médica sólo se dedica a hacerse eco de la propaganda de los cargos públicos de la consejería de Salud y del SAS? Eso parece, un caso más de la hipocresía, podredumbre y falta de ética de quienes se arriman al poder político. Lo fácil es callar y mirar para otro lado; lo correcto es denunciar la corrupción existente en el SAS, que existe y es mucha, como lleva informando la asociación Justicia por la Sanidad desde sus inicios».
2º) Se ha tramitado expediente contable AD nº 120909606, con relación al H.S. Juan de Dios, en concepto de «incremento de gasto del servicio de asistencia sanitaria», por importe de 403 846,57 euros, justificándose el mismo mediante una simple Memoria del déficit acumulado, suscrita por el Director Médico el 30-04-2018.
Sin embargo, debería haberse instrumentado un expediente de modificación de contrato conforme a lo previsto en el artículo 203 y siguientes de la Ley de Contratos del Sector Público. A mayor abundamiento, con posterioridad se reajustan créditos del 2018 al 2019 por importe de 467.634,72 euros. Es decir, se amplió el importe de la anualidad para luego minorarla traspasando al siguiente ejercicio.
3º) Igualmente, aunque también se trataba de una modificación del contrato, que requería la tramitación del correspondiente expediente de modificación, se tramitó un expediente contable con un importe de 414 584,93 euros en concepto de «incremento de gasto» de la prórroga de 01-02-20 a 31-07-20, siendo acreedor Cruz Roja Española, soportando el expediente tan sólo una Memoria Justificativa de fecha 06-05-20 firmada por el Director Gerente del H. U. Virgen del Rocío, Manuel Molina Muñoz.
4º) No constan todos los trámites y documentos (memoria económica o informe económico-financiero) que se contemplan en el Decreto 162/2006, en las prórrogas de dicho contrato.
5º) En las prórrogas de los conciertos con las tres entidades privadas citadas, los documentos contables de Autorización y Disposición que acreditan la existencia de crédito adecuado y suficiente en el Presupuesto de la Comunidad andaluza se han contabilizado con posterioridad a la resolución por la que se acuerda la prórroga, al documento de formalización o después del inicio de la vigencia de la misma.
Con este hecho se incurre en una causa de nulidad prevista en la legislación de contratos, lo cual es grave, y no sólo por los efectos que produce.
6º) En el expediente de prestación de asistencia sanitaria (P.A. 16/15) se tramitan los expedientes contables «O» nº 121349276 y 121739005 de facturas de Cruz Roja Española, en las que no se puede comprobar aspecto alguno de lo facturado, anexando a las mismas el contra albarán en el que se detalla cantidad 1 y un importe total por centro.
¿Cómo puede comprobar el SAS si lo facturado corresponde realmente a lo ejecutado, si las facturas no contemplan el contenido obligatorio? El Interventor recuerda en su Informe lo que dice la normativa aplicable a las facturas. Hasta este extremo se ha llegado en el SAS.
Según el artículo 1.261 del Código Civil existe contrato cuando concurren en el mismo, el consentimiento de los contratantes, un objeto cierto que sea materia de contratación y una causa de la obligación que se establezca. Por lo que a «sensu contrario» la ausencia de cualquiera de estos tres elementos (consentimiento, objeto y causa) da lugar a la inexistencia del contrato. El objeto lo constituyen los bienes o servicios que son contemplados en el intercambio que subyace en todo contrato. Si no está bien definido el objeto, el contrato podría adolecer de nulidad, pues se desconoce lo que se está contratando. Si no se puede comprobar el objeto, lógicamente, tampoco se puede verificar el precio al que se está facturando el producto suministrado o el servicio realizado.”
Por tanto, si no puede verificarse con los documentos que presenta la empresa si el servicio se ha ejecutado correctamente, ¿por qué no pide el SAS rectificar las facturas? El grotesco portavoz del gobierno andaluz debe saberlo, vista su respuesta en la citada rueda de prensa.
7º) Se han constatado en contados casos que las facturas de determinados expedientes reflejan precios diferentes a los pactados en contrato. Ejemplo: mediante el expediente contable «O» nº 121059731, 120287366 y 120638667 se tramitas facturas de H. S. Juan de Dios dentro del Lote 1 correspondiente a este hospital, en la que se observa que hay dos tarifas diferentes (Estancias médicas enfermos pluripatológicos y paliativos) para cada uno de los tramos 2 y 3 debiendo corresponder una sola tarifa por tramo.
8º) La distribución de las anualidades del crédito de la prórroga de 01-05-18 a 30-04-19 del H. Victoria Eugenia y de la Clínica Santa Isabel, no es correcta, el importe de cada anualidad es el mismo para los ejercicios 2018 y 2019 y, además, no coincide con el informe de la Dirección General de Presupuestos. La de la prórroga de 01-09-18 a 30-04-19 del H. de San Juan de Dios, de este mismo expediente, tampoco es correcta.

Respuesta de Intervención a alegaciones que presenta el SAS para prorrogar los conciertos sanitarios
Sobre las distintas justificaciones alegadas por el SAS para prorrogar, los conciertos sanitarios, asegura la Interventora provincial de Granada del SAS, que «estas repetidas resoluciones acordando la continuidad en la prestación del servicio, amparadas en la existencia de razones de interés público, que esta Intervención no discute, no resultan conformes, sin embargo, a las previsiones legales de la norma por la que se rige el contrato en cuestión».
Y profundiza en la cuestión sobre la alegación que realiza el SAS sobre el incremento de las listas de espera para intentar justificar las prórrogas ilegales, de las que nunca ofrece cifras en las Memorias Justificativas de los conciertos sanitarios, diciendo la Interventora que «el aumento de la lista de espera no es un hecho que se produzca de un día para otro, sino que, antes al contrario, responde a una situación prolongada en el tiempo y, por lo tanto, debió ser prevista por el Gestor de haber aplicado la diligencia que le resulta exigible».