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ASPACE celebra la ampliación de la CUME, «una herramienta fundamental de conciliación y protección laboral»

· 3 min · Redacción

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Lo esencial

El Gobierno ha ampliado la prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave (CUME) mas alla de los 26 años.

Por qué importa

Es importante porque mejora la conciliación laboral y la protección de quienes cuidan a personas con enfermedades graves.

Qué ocurrió

El Gobierno ha aprobado un Real Decreto-ley que extiende la prestación CUME a personas mayores de 26 años con dependencia de grado III o discapacidad igual o superior al 65%. Esto se ha publicado en el BOE.

Entre líneas

La Confederación ASPACE, que ha reclamado esta medida, ve en ella un avance en el reconocimiento de las necesidades permanentes de personas con parálisis cerebral. La medida tiene una importante dimensión de género, ya que mayoritariamente son mujeres quienes asumen estas tareas.

El contexto

La Confederación ASPACE ya había reclamado en junio al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones que la reforma de la CUME reconociera estas necesidades permanentes y eliminara el límite de edad.

La clave

La prestación se extinguirá solo cuando desaparezca la necesidad de cuidado directo o cuando se deje de acreditar el grado exigido.

El panorama

La Confederación ASPACE ha valorado positivamente que la nueva regulación permita que ambos progenitores puedan percibir la prestación de forma alternativa o simultánea, lo que permite avanzar hacia una mayor corresponsabilidad en los cuidados directos.

Artículo completo

La Confederación ASPACE ha celebrado la decisión del Gobierno de ampliar más allá de los 26 años la prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave (CUME), una medida que la entidad venía reclamando y que, según ha precisado, «no es únicamente una ayuda económica, sino una herramienta fundamental de conciliación y protección laboral para quienes necesitan reducir su jornada de trabajo».

Así lo ha manifestado tras la aprobación del Real Decreto-ley aprobado este martes por el Gobierno y publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que contempla el mantenimiento excepcional de esta prestación cuando la persona que requiere cuidados tiene reconocida una dependencia de grado III o una discapacidad igual o superior al 65%, siempre que se cumplan los demás requisitos establecidos.

Para la organización, esta modificación supone «un avance importante en el reconocimiento de las necesidades que acompañan a muchas personas con parálisis cerebral durante toda su vida».

En este sentido, la entidad ha recordado que el pasado mes de junio ya reclamó expresamente al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones que la reforma de la CUME reconociera estas necesidades permanentes y eliminara el límite de edad.

Así, una de las principales novedades de la norma es que no establece un nuevo tope de edad, de modo que la prestación se extinguirá únicamente cuando, previo informe médico del servicio público de salud, desaparezca la necesidad de cuidado directo, continuo y permanente o cuando se deje de acreditar el grado exigido.

Además, ha indicado que esta medida tiene «una importante dimensión de género», puesto que son mayoritariamente las mujeres quienes asumen estas tareas. Según datos de la confederación, el 71,5% de las personas cuidadoras informales o familiares en este ámbito son mujeres, en su gran mayoría madres, por lo que la ampliación «favorece la continuidad laboral, preserva su independencia económica y previene situaciones de vulnerabilidad».

Asimismo, Confederación ASPACE ha valorado positivamente que la nueva regulación permita que ambos progenitores puedan percibir la prestación de forma alternativa o simultánea, lo que permite «avanzar hacia una mayor corresponsabilidad en los cuidados directos».

Al mismo tiempo, ha subrayado la importancia de que el desarrollo y la aplicación práctica de la norma garanticen «procedimientos sencillos, criterios homogéneos y trámites adaptados a las situaciones de cuidado permanente», evitando cargas «burocráticas innecesarias».

En este sentido, la entidad considera necesario prestar especial atención a cómo se aplicarán los requisitos de discapacidad igual o superior al 65% o dependencia de grado III, con el objetivo de asegurar que la ampliación de la prestación se traduzca en una protección efectiva para las familias.

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