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Facua Córdoba considera «absolutamente insuficiente e irrisoria la sanción impuesta por la Junta de Andalucía a Promotora Detallista de Alimentación SA, titular de los establecimientos Alcash, por vender como fresca carne que había sido congelada y posteriormente descongelada, sin advertir de ello a los consumidores».
Según ha informado la organización de consumidores en una nota, Facua denunció el pasado 1 de diciembre de 2023 ante el Servicio de Consumo de la Junta que «el establecimiento comercializaba como fresca una pierna de cordero Covap previamente congelada».
Tras la inspección, «realizada el 5 de diciembre en el establecimiento de la calle Diputado Ignacio Gallego, en Córdoba, la Administración constató que el producto había sido congelado y descongelado, sin que esta circunstancia se indicara en el expositor, el folleto publicitario ni las pantallas informativas. Según la propia resolución, únicamente la etiqueta del productor en la caja indicaba 'producto congelado'».
La Administración concluyó que «la información facilitada por Alcash inducía a error a los consumidores, tanto en el etiquetado, como en la publicidad difundida en las pantallas, al no indicar que la carne había sido previamente congelada y descongelada».
Pese a los hechos constatados, la Delegación Territorial de Salud y Consumo en Córdoba «calificó la infracción como leve, e impuso una multa de 500 euros». La empresa «reconoció su responsabilidad el 5 de junio de 2024, renunció a recurrir y abonó la sanción el 10 de julio de ese año, antes de que se dictara la resolución sancionadora el 13 de agosto. Por ello, se aplicó la reducción del 40% prevista en el artículo 85 de la Ley 39/2015, quedando la multa en tan solo 300 euros».
Para Facua Córdoba resulta «lamentable que vender como fresco un alimento descongelado pueda saldarse con una sanción tan reducida. La infracción fue calificada como leve y la normativa de consumo prevé multas de hasta 10.000 euros. La sanción inicial de 500 euros supone solo el 5% de ese máximo y los 300 euros finalmente abonados apenas el 3%».
La asociación considera que «una multa de esta cuantía difícilmente puede tener efecto disuasorio frente a una empresa que comercializa alimentos y que, con esta práctica, puede obtener una ventaja económica a costa de los derechos de los consumidores».
Además, Facua Córdoba ha advertido que «la falta de información sobre la descongelación de un alimento puede afectar a la seguridad alimentaria», de modo que «un producto cárnico haya sido congelado y descongelado no implica necesariamente que sea inseguro, pero no informar de este proceso priva al consumidor de información relevante para su correcta conservación y consumo, y puede aumentar el riesgo de una manipulación inadecuada».
La asociación considera que sanciones de esta cuantía «transmiten el preocupante mensaje de que incumplir las obligaciones de información alimentaria puede resultar rentable». Por ello ha reclamado a las administraciones competentes «que refuercen la vigilancia sobre la información que se facilita en la venta de alimentos y que apliquen sanciones proporcionadas a la gravedad de los hechos y con suficiente capacidad disuasoria».





