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La JEC rechaza abrir otro expediente a Pedro Sánchez, pero le recuerda su deber de neutralidad

Redacción

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Lo esencial

La Junta Electoral Central ha rechazado abrir un nuevo expediente sancionador al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por sus declaraciones durante el Consejo Europeo en Bruselas.

Por qué importa

Esto importa porque la JEC ha recordado a Sánchez su obligación de mantener neutralidad política durante el periodo electoral, lo cual es crucial para asegurar la equidad en las elecciones.

Qué ocurrió

La JEC ha desestimado dos denuncias del PP contra Sánchez, presentadas por declaraciones hechas el 15 y 16 de octubre. El PP solicitaba declarar vulneración del artículo 50.2 de la LOREG y abrir un expediente sancionador. La JEC considera que, aunque algunas declaraciones excedieron la neutralidad, no hay suficientes elementos para sancionar.

Entre líneas

Entre líneas, se puede leer que la JEC está siendo estricta en la interpretación de la neutralidad política, pero también muestra cierta flexibilidad al no sancionar a Sánchez en esta ocasión. Es la versión de la JEC, no un hecho verificado de forma independiente.

El contexto

La JEC ya había iniciado un expediente sancionador contra Sánchez hace una semana, por una rueda de prensa en la Moncloa el 6 de octubre. Además, ha recordado que los poderes públicos deben mantenerse neutrales en periodo electoral.

El panorama

La JEC ha archivado otra denuncia de Vox contra el PSOE por un mensaje en redes sociales, considerando que no tenía connotaciones electoralistas. También ha admitido parcialmente una denuncia del PP contra un diputado socialista, obligándole a retirar un mensaje de redes.

La clave

La JEC ha recordado a Sánchez que debe observar el deber de neutralidad política y abstenerse de realizar manifestaciones contrarias al artículo 50.2 de la LOREG en actos institucionales.

Artículo completo

La Junta Electoral Central (JEC) ha rechazado este jueves abrir un nuevo expediente sancionador al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por sus declaraciones de los días 15 y 16 de octubre durante el Consejo Europeo celebrado en Bruselas, al considerar que no existen elementos suficientes para justificarlo, aunque le ha recordado su obligación de respetar el deber de neutralidad política durante el periodo electoral de cara a las elecciones generales del 29 de noviembre.

Así lo ha acordado el organismo electoral al desestimar en una resolución dos denuncias del PP contra Sánchez, en las que solicitaba declarar la vulneración del artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), retirar las manifestaciones denunciadas de los canales institucionales y abrir el correspondiente procedimiento sancionador.

El pasado 15 de octubre en Bruselas, el jefe del Ejecutivo español envió un mensaje de «tranquilidad» a los pensionistas sobre la sostenibilidad del sistema de pensiones, dejó clara la intención del Gobierno de revalorizarlas conforme al IPC antes de final de año, como marca la ley, y acusó al PP y Vox de poner en riesgo las pensiones.

Ese mismo día, al ser preguntado por los periodistas sobre posibilidad de concurrir junto a otras fuerzas de izquierda al Senado, Sánchez aseguró que el PSOE no aspiraba solamente a ganar el Congreso y a tener una mayoría «más amplia y progresista» en el próximo Parlamento, sino que también buscaba ganar el Senado.

Un día después, en la rueda de prensa posterior al Consejo Europeo, Sánchez dijo sentirse «optimista» y «animado» ante la cita electoral y se mostró convencido de que, «si no es de una manera, pues será de otra», la «senda de avance» emprendida por su Gobierno hace ocho años «va a continuar cuatro años más».

Ahora, en la resolución recogida por Europa Press, la JEC considera que las declaraciones realizadas el 15 de octubre excedieron de la exposición objetiva de los asuntos del Consejo Europeo. No obstante, tiene en cuenta que se produjeron en una atención informal a los periodistas, sin que haya quedado suficientemente acreditado que se tratase de un acto organizado o financiado por los poderes públicos.

Por ello, aunque considera que algunas expresiones son «difícilmente conciliables con las exigencias de neutralidad institucional», el organismo electoral descarta abrir un expediente sancionador.

Respecto a las declaraciones del día 16, la JEC reconoce que la rueda de prensa celebrada en la sede de la Representación Permanente de España ante la Unión Europea tuvo carácter institucional y se desarrolló con medios públicos. En ella, Sánchez defendió los resultados de su política migratoria, criticó posiciones de la ultraderecha y afirmó que era «muy necesario» un «gobierno progresista en España».

El organismo electoral considera que esta última expresión se sitúa «en el límite de lo admisible» desde la perspectiva de la neutralidad institucional, al introducir valoraciones partidistas en una comparecencia con medios públicos, aunque concluye que el conjunto de las manifestaciones no alcanza entidad suficiente para justificar un expediente sancionador.

Por ello, acuerda archivar ambas denuncias, pero recuerda expresamente a Sánchez que debe «observar el deber de neutralidad política exigible a los poderes públicos y abstenerse de realizar manifestaciones contrarias al artículo 50.2 de la LOREG en actos institucionales».

YA FUE EXPEDIENTADO HACE UNA SEMANA

Hace justo una semana, la JEC ya inició un expediente que podría acabar en sanción por la rueda de prensa que ofreció Sánchez en la Moncloa el pasado 6 de octubre, tras el Consejo de Ministros que aprobó los dos decretos ley sobre vivienda que habían sido derogados la semana anterior por el Congreso.

La JEC viene marcando una doctrina, basada en el artículo 50 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), de que los poderes públicos deben mantenerse neutrales en periodo electoral, desde que se convocan unos comicios hasta el día de votación, y prohíbe el uso de recursos públicos para campañas de propaganda o mensajes partidistas. De momento, el presidente acumula cinco expedientes sancionadores de la JEC, de los que cuatro han acabado en multas.

En la misma reunión, el organismo arbitral ha archivado otra denuncia de Vox contra el PSOE por la difusión, desde la cuenta de Moncloa en la red social X, de un mensaje con las medidas del decreto ley de vivienda. Según la JEC, «no cabe apreciar, en conjunto, las connotaciones electoralistas que caracterizan la prohibición del artículo 50.2 de la LOREG, pues el mensaje publicado no excede el ámbito de la exposición objetiva de los acuerdos adoptados por el Consejo de Ministros y no supone una referencia a los logros de la acción gubernamental».

Y en otra resolución, la JEC admite parcialmente una denuncia del PP contra el diputado socialista Víctor Ruiz de Diego y le obliga a retirar de las redes sociales un mensaje en el que adulteraba el lema de los 'populares' y achacaba a los de Alberto Núñez Feijóo medidas como el recorte de las pensiones. Eso sí, rechaza abrirle un expediente.

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