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El CGPJ remite al TSJ de Madrid la queja contra Peinado por sus palabras de la Policía y rechaza las de Bolaños

Redacción

· 4 min · IRR-2 · Redacción

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado por mayoría remitir al Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) la queja contra el juez del 'caso Begoña Gómez', Juan Carlos Peinado, por sugerir que la Policía podría ayudar a la esposa del presidente del Gobierno a fugarse, al tiempo que ha archivado las diligencias planteadas por el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños.

Así lo ha comunicado el CGPJ en una nota de prensa en la que señala que las palabras de Peinado sobre las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado pueden ser constitutivas de una falta de desconsideración.

El órgano de gobierno de los jueces señala que la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que «son competentes para la imposición de sanciones por faltas leves los presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia si la sanción es de advertencia o las Salas de Gobierno de esos órganos judiciales si la sanción fuera de multa o de advertencia y multa».

La Comisión Permanente recuerda que el Promotor de la Acción Disciplinaria propuso el archivo «por considerar que solo podría entrar a analizar esas manifestaciones si le fueran remitidas por el tribunal superior que conociera de la resolución en vía de recurso». Ahora, el CGPJ señala que existen precedentes que «permiten sancionar el uso de esas expresiones sin ese requisito de procebilidad».

En concreto, cita una resolución del Tribunal Supremo que decía que «es indiscutible la elevada carga de menosprecio» que el magistrado había expresado en distintas resoluciones judiciales «plagadas de descalificativos hacia la Generalitat de Cataluña».

El órgano de gobierno de los jueces ha señalado que la decisión de remitir esta diligencia informativa al TSJM y que los vocales discrepantes han anunciado la formulación de votos particulares.

El CGPJ también ha remitido al TSJM la denuncia presentada por un ciudadano alegando un «retraso injustificado» en la tramitación de un procedimiento, que se dilató entre junio de 2024 y enero de 2026.

El Promotor de la Acción Disciplinaria propuso archivarla al considerar que los hechos no revestían carácter disciplinario, pero la Comisión Permanente ha estimado que estos hechos «pueden ser constitutivos de una falta leve de retraso», por lo que ha acordado su remisión.

Esta decisión se ha adoptado por mayoría, aunque se han formulado cuatro votos particulares discrepantes, según el órgano de gobierno de los jueces.

NO HUBO «DESCONSIDERACIONES» A BOLAÑOS

Por otro lado, el órgano de gobierno de los jueces ha tomado conocimiento del archivo de la diligencia informativa abierta tras «sucesivas quejas presentadas» por Bolaños, por hechos relacionados con su declaración como testigo en el 'caso Begoña Gómez' el año pasado.

El ministro protestó después de considerar que Peinado llevó a cabo «actuaciones anómalas», como la petición de magistrado de un vehículo oficial para acceder al Palacio de la Moncloa o «de una tarima para ubicarse físicamente, en una posición más alta» que el ministro, así como de la interrupción de la testifical «para que el ministro saliera a consultar un dato que había asegurado desconocer».

Ahora, la Comisión considera que las quejas se refieren a cuestiones «accesorias de la declaración judicial» y están basadas en «interpretaciones de las normas procesales que pueden ser discutibles, pero que no alcanzan relevancia disciplinaria y no supusieron la vulneración de ningún derecho del testigo».

Asimismo, reconoce que «aunque la diligencia se desarrolló en un clima de tensión, no hubo desconsideraciones explícitas al declarante». Según el órgano de gobierno de los jueces, la decisión se ha adoptado por mayoría y los cuatro vocales discrepantes han formulado votos particulares.

RECHAZA UNA QUEJA DE MÁS MADRID

El CGPJ desestima también la diligencia abierta a raíz de una queja de grupo municipal de Más Madrid en la capital y por el diputado socialista en la Asamblea de Madrid Guillermo Hita, por haber acordado fuera de plazo la prórroga de la instrucción de una causa en la que se investigaba un delito de malversación.

En su escrito, el promotor afirma que consta en el cronograma de la causa que no se dio cuenta al magistrado del estado de las actuaciones y, por tanto, del vencimiento del plazo para acordar la prórroga hasta la fecha en la que la acordó.

Por último, el CGPJ ha rechazado también la denuncia «de una particular que prestó declaración en condición de investigada y que sostenía que el magistrado no le permitió declarar por videoconferencia, trató con desconsideración a los letrados intervinientes y acordó medidas cautelares desproporcionadas».

«El Promotor señala que determinar si la toma de declaración debe hacerse de forma presencial o por videoconferencia es una decisión que los jueces adoptan en el ejercicio de su función jurisdiccional, por lo que, con independencia de que sea o no acertada, queda fuera del ámbito disciplinario», indica.

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