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El Supremo confirma 4 años de cárcel para el futbolista Santi Mina por abuso sexual a una mujer

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Lo esencial

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a cuatro años de prisión para el futbolista Santiago Mina por un delito de abuso sexual cometido en 2017.

Por qué importa

Este caso es importante porque reafirma la condena a un futbolista conocido, lo que puede tener implicaciones en la percepción pública sobre la justicia y el deporte.

Qué ocurrió

El Tribunal Supremo ha ratificado la condena de cuatro años de prisión para Santiago Mina por abusar sexualmente de una mujer en julio de 2017. El hecho ocurrió en una furgoneta cerca de una discoteca en Mojácar, Almería. Según la sentencia, Mina aprovechó la situación para realizar dos actos sexuales no consentidos, deteniéndose solo cuando la víctima se lo pidió.

Entre líneas

El tribunal ha dejado claro que no hubo consentimiento por parte de la víctima en ningún momento, y que Mina no actuó bajo un error sobre el consentimiento. Además, se desestimó el recurso de la víctima que pedía una pena mayor, argumentando que no hubo violencia instrumental.

La clave

El futbolista Santiago Mina fue jugador de varios equipos, incluyendo el Celta de Vigo, que rescindió su contrato en agosto de 2023 tras conocerse la sentencia condenatoria.

Artículo completo

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a cuatro años de prisión impuesta al futbolista Santiago Mina por un delito de abuso sexual a una mujer en julio de 2017 en una furgoneta estacionada en las proximidades de una discoteca de Mojácar (Almería).

Según la sentencia, recogida por Europa Press, «el acusado aprovechó la proximidad, la sorpresa y la situación en que se encontraba la perjudicada para ejecutar dos actos sexuales inconsentidos, interrumpiendo su actuación cuando percibió que la continuación exigiría vencer una oposición mediante la fuerza».

La Sala de lo Penal concluye que este relato «no contiene ningún elemento que permita afirmar que el acusado recibió una manifestación de consentimiento que interpretó de forma equivocada».

Además, resalta que la sentencia de apelación «eliminó la referencia al prevalimiento», pero «dejó expresamente establecido que el relato de instancia no describía consentimiento» de la víctima para ninguno de los dos actos sexuales.

La Sala de lo Penal rechaza la absolución planteada por Mina, que alegaba que actuó bajo un error vencible acerca del consentimiento de la mujer.

De esta forma, los magistrados desestiman los motivos del recurso de casación interpuesto por el condenado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que confirmó la pena de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Almería, pero rebajó de 50.000 a 25.000 euros la indemnización por el daño moral causado a la víctima.

«Sí puede atenderse, por resultar asumido expresamente por la Audiencia, a que el acusado cesó cuando la perjudicada le pidió que parara. Pero, como ya se ha expuesto, ese hecho acredita el momento en que finalizó la actuación y explica que el Tribunal descartara la utilización de violencia o intimidación; no establece que —la víctima— hubiera consentido previamente ni que el acusado creyera que lo hacía», relata la sentencia.

Además, indica que «no incorpora dato alguno que refleje que Santiago Mina interpretara erróneamente una manifestación de anuencia, ni permite deducir necesariamente esa falsa representación de las circunstancias declaradas probadas».

El Supremo también ha desestimado el recurso de casación planteado por la víctima, en el que solicitaba, entre otros extremos, que el acusado fuese condenado por un delito de agresión sexual con penetración, y que se le impusiera una pena de 8 años de prisión.

Sobre esto, el alto tribunal considera que el hecho probado no describe que el futbolista utilizara violencia con función instrumental.

De forma subsidiaria, solicitó elevar la pena a seis años porque Mina habría cometido «dos actos sexuales penetrativos plenamente diferenciados» y de manera sucesiva, pero el tribunal también lo ha desestimado.

Por otro lado, ha rechazado condenar como cooperador necesario o, subsidiariamente, como cómplice del delito sexual cometido por el futbolista al otro acusado que fue absuelto por la Audiencia Provincial de Almería.

Santi Mina se encuentra actualmente sin equipo. Fue jugador entre otros del Celta de Vigo, equipo que rescindió de manera unilateral su contrato en agosto de 2023 tras conocerse la sentencia condenatoria.

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