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Absuelto de agresión sexual en Almería tras anular las pruebas del caso, que se practicaron fuera del plazo legal

Redacción

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Lo esencial

Un hombre ha sido absuelto de un delito de agresión sexual por la Audiencia Provincial de Almería.

Por qué importa

Importa porque la nulidad de las pruebas por incumplimiento de plazos legales puede afectar la validez de otros casos similares.

Qué ocurrió

La Audiencia Provincial de Almería ha absuelto a un hombre acusado de agresión sexual. La Fiscalía pedía ocho años de prisión, pero el tribunal declaró nulas las pruebas presentadas porque se realizaron fuera del plazo legal de instrucción. La defensa, representada por Juan Padilla de Crealia Abogados, argumentó que las diligencias de investigación se realizaron más de un año después de los primeros trámites, lo que invalida las pruebas.

Entre líneas

La demora en la instrucción del caso y la nulidad de las pruebas sugieren problemas en la gestión judicial que pueden afectar otros procesos similares.

El contexto

La denuncia se presentó en abril de 2022, pero las diligencias de investigación comenzaron más de un año después, en septiembre de 2023.

El panorama

El caso refleja un patrón de retrasos en la instrucción judicial que puede comprometer la validez de las pruebas en otros procesos.

Qué esperar

El tribunal ha dejado abierta la posibilidad de recurso contra la sentencia.

La clave

El tribunal ha resaltado la importancia de respetar los plazos legales para garantizar el derecho de defensa y la validez de las pruebas en los juicios.

Artículo completo

La Audiencia Provincial de Almería ha absuelto a un hombre al que la Fiscalía pedía ocho de prisión por un delito de agresión sexual después de haber declarado la nulidad de las pruebas aportadas en el juicio puesto que las diligencias de investigación se realizaron fuera del plazo legal y, por tanto, dejaron de ser válidas.

En su sentencia, consultada por Europa Press y contra la que cabe recurso, el tribunal atiende la petición de la defensa del acusado, ejercida por el letrado Juan Padilla, de Crealia Abogados, quien advirtió como cuestión previa al inicio del juicio que no se habían respetado los plazos de instrucción marcados por la ley y, por tanto, las pruebas recabadas no eran válidas.

El letrado recordó que conforme el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el plazo máximo para realizar una investigación judicial desde el inicio de la causa es de 12 meses, susceptibles de prórrogas, si bien en este caso todas las pruebas comenzaron a realizarse más de un año después de los primeros trámites.

En concreto, la sentencia señala que la Plaza 2 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Huércal-Overa abrió diligencias tras la denuncia el 6 de abril de 2022, si bien tras adoptar las primeras medidas, se inhibió a favor de otro juzgado, que rechazó la causa y la devolvió.

Así, no fue hasta el 1 de septiembre de este mismo año cuando el caso se derivó para su reparto, lo que hizo que la Plaza 3 de Huércal-Overa acabara abriendo diligencias el 18 de septiembre de 2023, esto es, más de un año después de que se iniciaran las primeras actuaciones.

Con ello, el tribunal resalta que la declaración de la denunciante, en la que se sustenta la acusación, se llevó a cabo «fuera del plazo legal» al practicarse el 11 de octubre de 2023, al igual que la del investigado y otras periciales, tanto de médicos-forenses, como de médicos y psicólogos.

Del mismo modo, no fue hasta el 10 de julio de 2024 cuando el Ministerio Fiscal solicitó que se declarara compleja la instrucción, es decir, «más de dos años después de la incoación de la causa».

«Resulta difícil imaginar un escenario en el que se lleve a cabo la declaración fuera del plazo de instrucción sin comprometer gravemente el derecho de defensa y precisamente es en clave constitucional donde ha de residenciarse el análisis de esta incidencia», expone la Sección Segunda para argumentar la absolución al estimar que el caso carece de prueba de cargo «válida».

La perjudicada presentó una denuncia ante la Guardia Civil en abril de 2022 en la que aseguraba que, días antes del 3 de mayo del año anterior, había quedado con el acusado para tomar algo, de modo que este la habría recogido con su coche y la habría llevado a las afueras del pueblo, donde la habría forzado a mantener relaciones sexuales.

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