A juicio a un hombre de Almería por amenazas a injurias contra jueces, fiscales y agentes de Guardia Civil en TikTok

Redacción

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La Audiencia de Almería va a celebrar este miércoles el juicio contra un hombre acusado de publicar de forma reiterada vídeos en la red social TikTok con amenazas, injurias y calumnias dirigidas contra jueces, fiscales, agentes de la Guardia Civil y contra una mujer identificada como víctima en un procedimiento de violencia de género.

La Fiscalía tiene previsto solicitar ocho años de prisión por delitos continuados de amenazas y calumnias así como por un delito de obstrucción a la justicia, toda vez que interesa 38 meses de multa a razón de diez euros diarios por un delito continuado de injurias y otro de quebrantamiento de condena con la agravante de reincidencia, conforme al escrito provisional de conclusiones consultado por Europa Press.

Entre otras penas accesorias, que incluyen órdenes de alejamiento e incomunicación con las víctimas, la Fiscalía también pide que se imponga al acusado 15 años de restricciones para publicar en TikTok comentarios que tengan relación con los perjudicados, así como el pago de unos 30.000 euros en indemnizaciones.

El acusado, al que constan cuatro sentencias condenatorias y varios procedimientos judiciales abiertos, habría publicado casi 120 vídeos de elaboración propia entre el 18 de octubre de 2024 y el 7 de marzo de 2025, buena parte de ellos con expresiones amenazantes, insultos y calumnias de especial gravedad dirigidas a autoridades judiciales y fiscales, así como a miembros de la Guardia Civil de Garrucha y Vera así como contra una mujer con la que tuvo una "esporádica relación sentimental".

Así, la Fiscalía señala que el acusado recurrió a la citada red social tras salir de prisión provisional por uno de los procedimientos en los que estaba inmerso para "atemorizar" a quienes tuvieron relación con la causa así como "ofenderles en su crédito y reputación", de modo que "editó y publicitó" los vídeos a sabiendas de que "iban a llegar a conocimiento" de jueces, fiscales y otros afectados.

En este sentido, acusaba en sus vídeos a varios jueces de dictar resoluciones "contrarias al ordenamiento jurídico" mientras exhibía una pulsera de geolocalización y arremetía contra el criterio judicial mientras daba cuenta de su periplo judicial con constantes entradas y salidas de prisión.

Así, en sus publicaciones se dirigía directamente a los jueces o fiscales por sus nombres, a algunos de los cuales les acusa de "prevaricar" toda vez que cuestionaba su labor con expresiones como "parece que los títulos los regalan". También califica de "podridos" y de "hijos de puta" a varios guardias civiles a los que plenamente identifica.

Las publicaciones que los investigadores recogieron en su atestado dan cuenta del aumento de tono de algunas amenazas, en las que habría expresado sus ganas de "arrancar los ojos a alguno de los que le han metido en la cárcel" para "obtener venganza" o incluso de llevarse "por delante" a "un juez", ya que eso le haría entrar "como un héroe en la cárcel".

Las actuaciones se apoyan, entre otros elementos, en el atestado instruido por la Policía Judicial de la Guardia Civil de Garrucha, que recoge el visionado y transcripción íntegra de los vídeos difundidos a través del perfil de TikTok atribuido al acusado.

Por su parte, el abogado Miguel Martínez, que ejerce la representación de la mujer afectada, se solicita para el acusado un año de prisión por el delito continuado de amenazas, dos años por el delito continuado de calumnias e injurias, cuatro años por el delito de atentado contra la autoridad, otros cuatro años por el delito de obstrucción a la justicia, un año por el delito de quebrantamiento de condena y dos años por el delito contra la integridad moral.

Asimismo, se reclama que el acusado indemnice con 70.000 euros en concepto de responsabilidad civil por los daños morales y las secuelas ocasionadas.

Por su parte, la defensa del acusado ha presentado un escrito en el que solicita su libre absolución, al sostener que los hechos "no son constitutivos de delito alguno" y al impugnar la autenticidad de los vídeos incorporados a la causa, al considerar que "no coinciden el autor real y el aparente".

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