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El Supremo de Argentina restituye los límites a la venta de tierras a extranjeros

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Lo esencial

La Corte Suprema de Justicia de Argentina ha restituido los límites de la venta de tierras rurales a extranjeros, que el presidente Javier Milei intentaba eliminar.

Por qué importa

Es importante porque la decisión afecta la soberanía nacional sobre la tierra y los recursos naturales, y porque la Corte Suprema ha revertido su propia decisión anterior.

Qué ocurrió

La Corte Suprema de Justicia de Argentina ha revertido su decisión anterior y ha restituido los límites de la venta de tierras rurales a extranjeros, que el presidente Javier Milei intentaba eliminar. La decisión fue tomada por los magistrados Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, junto con los jueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci, que votaron de urgencia. La medida cautelar suspende provisionalmente los efectos del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, que Milei buscaba implementar.

Entre líneas

La Corte Suprema ha revertido su propia decisión anterior, lo que sugiere una posible presión política o social que influyó en su cambio de postura. La medida cautelar también indica que la corte está dispuesta a revisar sus decisiones ante posibles inconstitucionalidades.

El contexto

La Corte Suprema había revocado una sentencia que declaraba inconstitucional el artículo del decreto de Milei que derogaba la Ley de Tierras, lo que generó críticas y amenazas de la oposición.

Qué esperar

La decisión de la Corte Suprema puede ayudar al Gobierno a preservar el resto del decreto, evitando que sea derogado en su totalidad por el Congreso.

La clave

La norma que limita al 15 por ciento el máximo de tierras rurales en manos extranjeras y fija un tope de 1.000 hectáreas por titular en zonas agrícolas de mayor valor vuelve a tener efecto.

Artículo completo

La Corte Suprema de Justicia de Argentina ha dado marcha atrás y ha restituido los límites de la venta de tierras rurales a extranjeros tras la polémica desatada por la revocación de la sentencia que frenaba la derogación de la Ley de Tierras, y que el presidente del país, Javier Milei, busca anular.

Así, ha restituido los límites establecidos por la citada ley y que Milei buscaba echar por tierra en el marco del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, cuyos efectos han quedado ahora provisionalmente suspendidos mediante una medida cautelar.

La resolución ha sido adoptada por los magistrados Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, junto con los jueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci, que han votado de urgencia. Así, se mantendrá hasta que el Juzgado Federal de Bariloche se pronuncie sobre la legitimación de los demandantes.

La Asociación Civil Árbol de Pie y otros particulares iniciaron a fines de diciembre de 2023 una acción de amparo colectivo ante la Justicia federal de Bariloche. En su solicitud pedían que se declarara inconstitucional la derogación del artículo 154 del decreto al considerar que la derogación de la Ley de Tierras comprometía el derecho a un ambiente sano y equilibrado, reconocido por el artículo 41 de la Constitución Nacional.

Los demandantes sostuvieron entonces que la eliminación de esa legislación ponía en riesgo la utilización racional de los recursos naturales, la preservación de la naturaleza y la diversidad biológica.

En la práctica, la corte ha revertido ahora los efectos que tuvo su propio fallo del martes de la semana pasada. Ese día y alegando motivos procesales, decidió revocar la sentencia que declaraba inconstitucional el artículo del decreto impulsado por Milei que derogaba la Ley de Tierras en su totalidad.

Aquel fallo suscitó numerosas críticas, una inusual aclaración pública por parte del tribunal y amenazas por parte de la oposición sobre hacer caer todo el decreto —y no solo el artículo 154— en el Congreso la próxima semana. Es por ello que este nuevo fallo puede ayudar al Gobierno a preservar el resto del documento.

Con este fallo vuelve a tener efecto la norma, que limita al 15 por ciento el máximo de tierras rurales en manos extranjeras y fijaba un tope de 1.000 hectáreas por titular en zonas agrícolas de mayor valor.

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