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El Ayuntamiento de Huelva ha elevado a definitiva la modificación de la Ordenanza Municipal Reguladora del estacionamiento de vehículos en las vías públicas municipales con limitación horaria (Zona ORA), tras culminar el periodo de exposición pública sin alegaciones al texto aprobado inicialmente el pasado mes de junio y que articula el estacionamiento en la zona de alta rotación (Azul), baja rotación (Naranja) y las bolsas disuasorias de más baja rotación (Zona Verde).
La resolución, dictada por la alcaldesa, Pilar Miranda, y consultada por Europa Press, da luz verde a un nuevo marco regulatorio que reorganiza la distribución de plazas en la ciudad y exime del pago a los vehículos cien por cien eléctricos, además de ampliar las bonificaciones a colectivos como trabajadores y estudiantes.
La norma formaliza el marco jurídico definitivo del servicio tras los pronunciamientos judiciales dictados en su día por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) sobre la adjudicación previa de la ORA y la Grúa, adaptando las tarifas al marco legal de prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario.
La nueva ordenanza articula el estacionamiento en tres tipologías diferenciadas: la zona de alta rotación (Azul), la de baja rotación (Naranja) y las bolsas disuasorias de más baja rotación (Zona Verde). El tiempo máximo de estacionamiento se fija en dos horas para la zona azul y en cuatro horas para la zona naranja, con obligación para el conductor no abonado de retirar el vehículo una vez rebasado dicho periodo.
El horario general regulado de lunes a viernes abarcará de 09,00 a 14,00 horas y de 16,00 a 20,00 horas, mientras que los sábados se aplicará de 09,00 a 14,00 horas, quedando libres los domingos y festivos. En el caso de las bolsas disuasorias, el horario se extenderá de forma ininterrumpida de 08,00 a 20,00 horas de lunes a sábado.
Entre las principales exenciones de abono y tiempo, la norma beneficia a los vehículos propulsados exclusivamente con energía eléctrica —previa acreditación mediante el distintivo expedido por la concesionaria—, las tarjetas de personas con discapacidad, el transporte público, ambulancias, servicios de urgencia, coches funerarios, así como las labores de carga y descarga dentro del horario señalizado.
Por contra, queda expresamente prohibido el aparcamiento de motocicletas, ciclomotores de dos ruedas y bicicletas en las plazas ORA, teniendo que estacionar en las zonas específicamente reservadas.
En el apartado de bonificaciones, la ordenanza extiende la tarjeta de usuario bonificado —que tendrá una validez de un año renovable— no solo a los residentes empadronados, sino también a trabajadores por cuenta ajena y autónomos de la zona, empleados públicos, trabajadores con vehículo de empresa y estudiantes matriculados en centros educativos ubicados en el ámbito de aplicación.
Respecto al régimen sancionador, las infracciones a la norma tendrán la consideración de leves con multas generales de 90 euros, a excepción del exceso de tiempo autorizado, la no coincidencia de matrícula o rebasar el tiempo máximo permitido de dos o cuatro horas, que conllevarán una sanción de 50 euros.
Asimismo, el servicio de grúa municipal podrá retirar el vehículo al depósito si permanece estacionado sin distintivo o transcurridas 24 horas desde la formulación de la denuncia.
El texto introduce además una Disposición Adicional Primera por la cual se atribuyen facultades a la Alcaldía para modificar, ampliar, reducir o actualizar el listado de calles mediante resolución motivada en función de la movilidad urbana, con un límite máximo de alteración de un 20 por ciento sobre el total de plazas contempladas en el anexo de la ordenanza.
La entrada en vigor efectiva del nuevo reglamento queda supeditada a la formalización e inicio de ejecución del nuevo contrato de concesión del servicio regulado de aparcamiento y de retirada y depósito de vehículos. Contra esta aprobación definitiva cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA en Sevilla.





