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El decreto de convocatoria fijará el día de constitución de las nuevas Cortes, que será antes de Navidad

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Lo esencial

El presidente Pedro Sánchez ha firmado un real decreto para convocar elecciones generales el 29 de noviembre.

Por qué importa

Esto importa porque marca el inicio del periodo electoral y la disolución de las Cortes, afectando a la actividad parlamentaria y a las campañas políticas.

Qué ocurrió

El presidente Pedro Sánchez ha firmado un real decreto para convocar elecciones generales el 29 de noviembre. Este decreto se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y disuelve las Cortes, iniciando el periodo electoral. Desde este martes, las juntas electorales se ponen en marcha y entran en vigor varias prohibiciones, como la de realizar actos de inauguración o campañas de propaganda institucional.

Entre líneas

El decreto implica que desde este martes solo quedan en activo los miembros de las diputaciones permanentes de ambas cámaras, perdiendo el resto de parlamentarios sus atribuciones, incluyendo sueldo y fuero. Esto sugiere una pausa en la actividad parlamentaria hasta la constitución de las nuevas Cortes.

El contexto

La publicación del real decreto abre el periodo electoral y determina el calendario establecido en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).

Qué esperar

El decreto fija el día y la hora en que deben reunirse las Cámaras para celebrar su sesión constitutiva tras las elecciones, que debe encuadrarse dentro de los 25 días posteriores a la convocatoria.

La clave

El decreto hace oficial la fecha de las elecciones generales, que serán el 29 de noviembre, 54 días después de la publicación de la norma. La campaña electoral comenzará el 13 de noviembre y finalizará el 27 de noviembre.

Artículo completo

El real decreto de disolución de las Cortes y de convocatoria de elecciones generales, firmado por el presidente Pedro Sánchez y sancionado por el Rey, se publicará este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y marcará cinco fechas clave, entre ellas el día de la constitución de los nuevos Congreso y Senado, que este año va a tener lugar en citas prenavideñas, ya que se calcula para mediados de diciembre.

La publicación de este real decreto este martes abre el periodo electoral y determina todo el calendario establecido en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), ya que su entrada en vigor es inmediata.

El inicio del periodo electoral implica que desde este martes se ponen en marcha las juntas electorales y entran en vigor una serie de prohibiciones, como la de realizar actos de inauguración o campañas de propaganda institucional para difundir logros de legislatura.

Este 6 de octubre supone también la primera fecha clave del proceso: la disolución del Congreso y del Senado. Desde las cero horas de este martes ya sólo quedarán en activo los miembros de las diputaciones permanentes de ambas cámaras y el resto de parlamentarios perderán sus atribuciones, incluyendo sueldo y fuero.

El decreto hace oficial la fecha de las elecciones generales, conocida este mismo lunes cuando Sánchez ha anunciado el adelanto electoral. Serán el 29 de noviembre, 54 días después de la publicación de la norma. De nuevo la cita con las urnas será el domingo, aunque la ley no impide que las elecciones se celebren cualquier otro día de la semana.

Se indicará igualmente la fecha de inicio y de conclusión de la campaña electoral, que tiene una duración de quince días. En este caso comenzará a las cero horas del viernes 13 de noviembre, y acabará a las 23:59 horas del viernes 27 de noviembre.

Por último, el decreto fija el día y la hora en que deben reunirse las Cámaras para celebrar su correspondiente sesión constitutiva tras las elecciones, en la que diputados y senadores toman posesión de su escaño y se elige al presidente y resto de miembros de las Mesas de ambas Cámaras.

Esta fecha debe encuadrarse dentro de los 25 días posteriores a la convocatoria, que cumplen el 24 de diciembre, Nochebuena. Así, la previsión más factible es que las Cámaras se constituyan unos días antes de Navidad. Luego llegará el proceso de investidura de presidente, que cuanta con sus tiempos y procedimientos diferentes.

En el decreto debe precisarse asimismo el número de congresistas que se eligen en cada circunscripción, ya que es una cifra que puede variar en cada convocatoria en función de su población. No obstante, según la LOREG, cada circunscripción elige un mínimo de dos diputados con la excepción de Ceuta y Melilla, que eligen uno cada una.

Los 248 diputados restantes se distribuyen entre las provincias en proporción a sus habitantes. El procedimiento consiste en dividir por 248 la cifra total de población de derecho de cada provincia. Luego, se adjudican a cada una tantos diputados como resulten, en números enteros. Los escaños restantes se distribuyen asignando uno a cada una de las provincias cuyo cociente, obtenido conforme al apartado anterior, tenga una fracción decimal mayor.

En cambio, el número de senadores es fijo: cuatro por circunscripción provincial, tres para cada una de las islas mayores (Gran Canaria, Mallorca y Tenerife) dos en Ceuta, dos Melilla y uno para cada una de las siguientes islas: Ibiza, Formentera, Menorca, Fuerteventura, Gomera, Hierro, Lanzarote y La Palma.

Hasta las elecciones generales de 2023, Ibiza y Formentera han venido formando una única circunscripción electoral y, por tanto, elegían un senador compartido para ambas. La reforma de la Constitución de este mismo año, que se aprobó por una gran mayoría del Congreso, separó estas dos islas en dos circunscripciones separadas con un senador para cada isla.

Por su parte, la continuidad o no de los 57 actuales senadores de designación autonómica depende de la normativa de cada comunidad autónoma y de la designación realizada por su respectivo Parlamento regional.

En resumen, este 29 de noviembre los españoles elegirán 350 diputados y 209 senadores, pues como viene siendo habitual desde 1977, las elecciones generales afectarán a las dos Cámaras. Teóricamente, la ley electoral permite al presidente disolver cada una de las Cámaras por separado y convocar comicios para una de ellas de forma independiente, algo que nunca ha ocurrido.

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