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El BOE publica el RD de disolución de las Cortes y la convocatoria electoral para el 29 de noviembre

Redacción

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Lo esencial

El gobierno ha convocado elecciones generales para el 29 de noviembre.

Por qué importa

Es importante porque marca el inicio de un nuevo ciclo electoral en España.

Qué ocurrió

El BOE ha publicado el Real Decreto 806/2026, que disuelve las Cortes y convoca elecciones generales para el 29 de noviembre, tras una deliberación en Consejo de Ministros Extraordinario a propuesta del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

Entre líneas

El gobierno ha decidido adelantar las elecciones, lo que sugiere una estrategia política para buscar un nuevo mandato antes de que se agoten los plazos constitucionales.

Qué esperar

El Parlamento se constituirá el 23 de diciembre tras la celebración de los comicios.

El panorama

El número de diputados y senadores por circunscripción se detalla en el anexo del Real Decreto, siguiendo la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.

El contexto

El artículo cuatro establece que la campaña electoral durará quince días, comenzando el 13 de noviembre y finalizando el 27 de noviembre.

La clave

El texto consta de seis artículos y una disposición única, la de la entrada en vigor el mismo día de su publicación.

Artículo completo

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado hoy el Real Decreto 806/2026 con el que se procede a la disolución de las Cortes y la convocatoria de elecciones para el 29 de noviembre. La constitución del Parlamento, una vez celebrados los comicios, tendrá lugar el 23 de diciembre.

La citada convocatoria se realiza tras la deliberación ayer en Consejo de Ministros Extraordinario, a propuesta del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, «de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 115 de la Constitución y de conformidad con lo previsto en el artículo 42.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General».

El texto consta de seis artículos y una disposición única, la de la entrada en vigor el mismo día de su publicación, es decir hoy. Así, quedan disueltos el Congreso de los Diputados y del Senado elegidos el 23 de julio de 2023.

El artículo dos establece la convocatoria de elecciones a ambas Cámaras el domingo 29 de noviembre de 2026, mientras que el tres establece el número de diputados y senadores que corresponden a cada circunscripción, en aplicación del artículo 162 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, se detalla en el anexo que incluye el Real Decreto.

Las provincias que más diputados eligen son Madrid, donde se vota a 38; Barcelona, con 32 y Valencia, con 16; seguidas de Sevilla y Alicante con 12 cada una; Málaga, 11 diputados y Murcia, 10. Baleares, Vizcaya, Cádiz, Coruña y Las Palmas, contarán con ocho diputados cada una de ellas.

Con siete diputados contarán Asturias, Granada, Pontevedra, Santa Cruz de Tenerife y Zaragoza, mientras que tendrán seis diputados Almería, Córdoba, Guipúzcoa, Gerona, Tarragona y Toledo. Otras ochos circunscripciones tendrán 5 diputados cada una. Se trata de: Badajoz, Huelva, Cantabria, Castellón, Ciudad Real, Jaén, Navarra y Valladolid.

Tendrán cuatro diputados Albacete, Alava, Burgos, Cáceres, León, Lérida, Lugo, Orense, La Rioja y Salamanca. Las circunscripiones de tres son: Avila, Cuenca, Guadalajara, Huesca, Palencia, Segovia, Teruel y Zamora. Mientras que Soria tendrá dos y Ceuta y Melilla, uno cada una.

En cuanto al número de senadores por cada provincia, en aplicación del artículo 165 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, será de cuatro; en las circunscripciones insulares se eligen tres en Gran Canaria, Mallorca y Tenerife; y uno en Ibiza, Formentera, Menorca, Fuerteventura, La Gomera, El Hierro, Lanzarote y La Palma. Las ciudades de Ceuta y Melilla eligen cada una de ellas dos Senadores.

El artículo cuatro establece que la campaña electoral durará quince días, comenzando a las cero horas del viernes 13 de noviembre y finalizando a las veinticuatro horas del viernes 27 de noviembre.

Una vez celebradas las elecciones, las Cámaras resultantes se reunirán, en sesiones constitutivas, el día 23 de diciembre, a las diez horas.

Y finalmente, se establece que normas por las que se rigen estas elecciones serán las marcadas por la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, y su normativa de desarrollo.

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